ENSAYO FILOSOFICO
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NTRODUCCIÓN
La Seguridad Social es un derecho fundamental de todos los pueblos del mundo. Así como se expone en La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, así como se establece en el artículo 22 lo siguiente: “Toda persona tiene derecho, como miembro de la sociedad, a la seguridad social. Evidentemente, no es el único instrumento internacional que reconoce este Derecho. El derecho a la seguridad social es hoy un derecho plenamente reconocido por el Derecho Internacional de los derechos humanos.” (Fallas, 2002) Asimismo, en el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (el Pacto) dispone que "los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la seguridad social, incluso al seguro social" (UNIDAS, 1976). El derecho a la seguridad social es de importancia fundamental para garantizar a todas las personas su dignidad humana cuando hacen frente a circunstancias que les privan de su capacidad para ejercer plenamente los derechos reconocidos en el Pacto. Por lo anterior el derecho a la seguridad social incluye el derecho a obtener y mantener prestaciones sociales, ya sea en efectivo o en especie, sin discriminación, con el fin de obtener protección, en particular contra: la falta de ingresos procedentes del trabajo debido a enfermedad, invalidez, maternidad, accidente laboral, vejez o muerte de un familiar; gastos excesivos de atención de salud; y el apoyo familiar insuficiente, en particular para los hijos y los familiares a cargo.
Durante su seguimiento de la aplicación del Pacto, el Comité ha expresado continuamente su preocupación por la falta de acceso a una seguridad social adecuada, lo que ha socavado el ejercicio de muchos derechos amparados por el Pacto. El Comité también ha abordado sistemáticamente la cuestión del derecho a la seguridad social no sólo durante su examen de los informes de los Estados Partes sino también en sus observaciones generales y en sus diversas.
Turismo de vacunas: ¿activa la economía o la desigualdad?
Cabe mencionar que la salud es un derecho fundamental de todo ciudadano colombiano, es más, es un derecho de la humanidad. Por este motivo, a lo largo de los años se ha legislado en el congreso de la república de Colombia diferentes leyes que permiten que este derecho sea fundamental y bajo ningún punto de vista sea vulnerado en ningún ciudadano de nuestro país.
No obstante, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos se reconoce que:
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. (GENERAL, 1948)
Como ya lo habíamos mencionado antes, en Colombia se legislan de manera continua diferentes leyes que le permiten al ciudadano acceder de una manera justa a los servicios de salud de forma integral, aunque es válido afirmar que el sector salud en Colombia está cada vez más endeudado y tiene una crisis peligrosa, en gran parte por los diversos actos de corrupción que suceden en diferentes departamentos y municipios del país.
No se puede desconocer la lucha de muchos ciudadanos para tener acceso a diferentes servicios médicos, es importante precisar que en Colombia no se educa sobre hábitos saludables en todo aspecto, como: hábitos físicos, espirituales, emocionales, para así salvaguardar la vida. Lo que se hace es tratar la enfermedad, en muchas ocasiones cuando ya no hay nada que hacer. Ahora más que nunca, en medio de una emergencia sanitaria que le dio un sacudón a todo el mundo, el gobierno de Colombia no ha tenido la capacidad de instaurar un plan de vacunación efectivo, que le garantice a todos los ciudadanos de Colombia, una vacuna rápida, sin importar la edad, sin importar su condición económica, y sin importar si ya ha sido portador del virus COVID- 19.
En la Constitución Política de 1991 hay muchos derechos que los colombianos tienen, pero en la realidad se carece de los mismos. Existe un gran porcentaje de colombianos que, a través de la figura de acción de tutela, no se ven vulnerados en su derecho a la salud, y por supuesto, a la vida. Cabe aclarar que en muchas ocasiones no se corre con la suerte de preservar la vida, existen muchas trabas en el sistema integral de salud, para que sea lo mínimo que se gaste en cada ciudadano, o en algunos casos el negocio que esto representa para diferentes aseguradoras, definitivamente esto de la salud en Colombia, en un tema con mucha tela que cortar, y tiene diferentes filtraciones, por donde el gobierno se lucra demás, y unos pocos hacen de este sector una fortuna, olvidando que la salud es un derecho, no un negocio.
Es importante mencionar acciones de diferentes mandatarios de la república como es el caso de expresidente Juan Manuel Santos Calderón y el Ministro Alejandro Gaviria Uribe, quienes el 16 de febrero de 2015 sancionaron la Ley Estatutaria de Salud, que convierte a la salud en un derecho fundamental autónomo.
Artículo 20 - Naturaleza y contenido del derecho fundamental a la salud. El derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo. Comprende el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud. El Estado adoptará políticas para asegurar la igualdad de trato y oportunidades en el acceso a las actividades de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación para todas las personas. De conformidad con el artículo 49 de la Constitución Política, su prestación como servicio público esencial obligatorio, se ejecuta bajo la indelegable dirección, supervisión, organización, regulación, coordinación y control del Estado. (CONGRESO, 2015)
Ahora bien, la situación que atraviesa Colombia en cuento a la emergencia sanitaria y el manejo que el gobierno le ha dado a la aplicación de las vacunas, es un tema de controversia nacional, dado que el gabinete del actual presidente no ha ejecutado planes estratégicos colectivos, que permitan que la ciudadanía pueda acceder de manera rápida a la vacunación, por esta razón existen diferentes ciudadanos que tienen la posibilidad de viajar y vacunarse en otros países; pero por supuesto esta no es la condición de la inmensa mayoría de ciudadanos colombianos, que deben esperar hasta la vacuna en el país de origen , y si corren con la suerte de conservan la vida, hasta ese momento.
Como lo menciona el periódico El Espectador “Solo quienes tienen recursos económicos pueden costear un viaje fuera del país para vacunarse, lo que ahonda la desigualdad y el derecho a acceder a la inmunización” (Salud, 2021)
El tema del turismo medico es algo que en Colombia ya se da, en especial la visita de muchas personas de todo el mundo para acceder a cirugías plásticas. Pero es increíble los planes que ofrecen en Miami Estados Unidos, para acceder a tan anhelada vacuna y además con paquete de turismo, hospedaje y demás comodidades. Como lo menciona (Salud, 2021) “Los clientes pagarían hasta 1.777 dólares por persona para visitar un centro de salud en el extranjero y recibir una vacuna de Pfizer-BioNTech. La tarifa también cubría el aislamiento obligatorio durante un período específico. El paquete incluye un recorrido por la ciudad antes de que el huésped regrese a casa”
No obstante para poder acceder a este tipo de servicios y de preferencias al momento de recibir la vacuna del COVID- 19, es importante contrastar cual es el gasto que aproximadamente se hace al realizar un viaje de estos, mencionando además que el sitio preferido de los latinoamericanos para vacunarse fuera de sus países por supuesto, debido a la no accesibilidad de la vacuna en sus territorio de origen es, Estados Unidos “ En donde la vacuna se aplica de manera gratuita, hay que invertir un máximo de $7’479.000, cifra que apenas un puñado de colombianos puede pagar” (ESPECTADOR, 2021 )
Se puede señalar que a la fecha se han comprado más de 7,4 mil millones de dosis de vacunas, y más de la mitad (3,9 mil millones) las adquirieron países de altos ingresos. Los países de ingresos medianos altos obtuvieron 1.000 millones de dosis y los países de ingresos medianos bajos contrataron los otros 1.800 millones de dosis. Ahora bien, si analizamos esta situación, acceder en otros países a la vacuna no resuelve la crisis del COVID 19. Esto lo único que demuestra es la desigualdad que se vive en toda América Latina y definitivamente desnuda la mala ejecución del plan de vacunación colectivo que debe realizar de manera contundente el presidente de la República de Colombia. No puede ser justo que exista turismo de vacunas, cuando la salud es un derecho en el país y a demás es un derecho universal, pero parece que en Colombia esto solo esta redactado en la constitución, y no sirve de nada más.
Notifica muy bien lo que sustenta la tesis, 5.0
ResponderBorrarMuy bien investigación y análisis del tema muy entretenido 5.0
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